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A usted le interesa saber

 

¿Puedo dar temporalmente de baja mi coche? 9 marzo 2003

Si usted no va  a usar su vehículo por cierto tiempo, o le ha sido robado, tiene la posibilidad de darlo de baja temporalmente. Durante este periodo de baja, no pagará Seguro Obligatorio ni tampoco el Impuesto Municipal. Igualmente no deberá pasar la ITV. La solicitud de baja deberá formularla ante la Jefatura Provincial de Tráfico.

 

¿Paga el estado intereses de demora? 13 octubre 2002

El Estado paga intereses de demora a partir de los 30 días. Las Administraciones Públicas pagan intereses de demora si no abonan las obras o servicios a las empresas a los 30 días de que éstas entreguen la factura. Esta medida se aplica desde 2002, al trasponerse un directiva comunitaria sobre el tema. Así lo afirma el área de contratistas de la CEOE.

 

¿Es aconsejable que prepare mi testamento? 13 octubre 2002

Es aconsejable que usted piense en el legado que desea dejar a sus herederos. Es una operación que debe tener presente y llevarla a cabo de forma que la transmisión del patrimonio se efectúe con el menor coste fiscal posible. Además, una herencia bien planificada evitará complicados trámites legales y posibles desavenencias familiares entre los herederos. Nuestra asesoría fiscal le propone efectuar un completo estudio que le facilite esta planificación.

 

¿Qué puede ocurrir si cometo muchas infracciones de tráfico? 13 octubre 2002

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha creado un registro único de infractores reincidentes que está conectado con todos los ayuntamientos españoles y al que tienen acceso en tiempo real los departamentos de multas de los distintos consistorios y Comunidades Autónomas desde sus propios ordenadores. Los expedientes de los infractores incluirán las sanciones graves y muy graves impuestas por la propia DGT y por cualquier ayuntamiento o comunidad autónoma. La Ley de Seguridad Vial que entró en vigor a partir de 2002 preveyó la creación de este registro centralizado.

 

¿Cuánto dura un contrato de arrendamiento de vivienda? 13 octubre 2002

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece un plazo mínimo a favor del arrendatario, estipulado en cinco años, con prórroga obligatoria. Dicha LAU, en su artículo 10, contempla otra prórroga posterior a ese plazo mínima (prórroga tácita), que entra en juego si transcurridos los primeros cinco años ni el arrendador ni el arrendatario comunican, con un mes de antelación, su intención de dar por finalizada la relación contractual. En tales supuestos el contrato se vuelve a prorrogar obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años.

 

¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas? 10 abril 2002

Los empresarios deben conservar las facturas solo durante cuatro años, con el fin de ajustarse al plazo de prescripción tributaria.

 

¿Qué sanciones prevee la reforma de la Ley de Tráfico? 4 julio 2002

Las sanciones leves conllevarán una multa de hasta 91€ (15.308 pts), las graves de 92€ a 310€ y las muy graves de 302€ a 602€  (100.164 pts). Las sanciones de multa indicadas podrán hacerse efectivas antes de que se dicte resolución del expediente sancionador, con una reducción del 30% sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente en el boletín de denuncia del agente o, en su defecto, en la notificación posterior de dicha denuncia por el instructor del expediente.

 

¿Puedo conservar la pensión de viudedad si me caso? 23 abril 2002

A partir de 2002 existe la posibilidad de que, en supuestos de segundas nupcias, se mantenga el derecho a la pensión de viudedad si concurren determinados requisitos.

 

¿A qué edad puedo dejar de cotizar como autónomo a la seguridad social ? 10 abril 2002

Los trabajadores autónomos cuando tengan cumplidos 65 años de edad y hayan cotizado durante 35 años al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, podrán seguir trabajando, si lo desean, sin tener que cotizar a dicho régimen.

 

 

 

 

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