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Prevención de accidentes industriales

Por Mercedes Vilá Mangrané

8 febrero 2004

Existe una directiva comunitaria denominada Seveso II que trata en concreto de la prevención de accidentes industriales con sustancias peligrosas. La correspondiente legislación sobre esta materia tenía que haber sido traspuesta por España con anterioridad al mes de febrero de 1999.

 

Al no haber cumplido hasta el momento el ejecutivo español esta directiva, la comisaría de Medio Ambiente le ha remitido recientemente un escrito recordándole que nuestra actual legislación no cumple totalmente las exigencias de la directiva sobre los planes de urgencia, la gestión del territorio, la información al público y las inspecciones.

 

Por tal motivo, caso de que en un plazo breve no se subsanen estas deficiencias, cabe la posibilidad que el gobierno español tenga que vérselas con el Tribunal de la U.E., a instancias de la Comisión Europea.

 

Tras las próximas elecciones generales debería el nuevo ejecutivo, con carácter de urgencia, amortizar las lagunas legislativas que aún hoy subsisten en este capítulo tan importante cual es la prevención de riesgos en industrias que manipulan sustancias peligrosas, para que tanto el público como el medio ambiente queden debidamente protegidos.

 

Mercedes Vilá es asesora laboral y agente de seguros. Graduada Social por la Universidad de Lleida. Titulada en prevención de riesgos laborales.

 

 

 

 

 

 

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