[Logo Hijas de Enrique Vilá, CB]

NIF E25273426
Rambla Ferran 2 · 25007 Lleida
Tel 973 246 812 · Fax 973 233 691
e-mail hev@hijasdeenriquevila.com

 

 

 

Nueva ley de arrendamientos urbanos

Por Sonia Vilá

2 noviembre 2009

Reduce de dos meses a uno el plazo que debe transcurrir entre el momento en que el arrendador exige por requerimiento el pago de las deudas atrasadas y el momento el que puede presentar una demanda, acto que el inquilino podrá evitar si paga todas las mensualidades atrasadas en este periodo.

 

El propietario puede rescindir el contrato si necesita ocupar la vivienda para uso propio, pero también para el de sus padres, hijos o cónyuge en los casos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial, si figura en el contrato.


 

 

Sonia Vilá es administradora de fincas desde 1992. Colegiada en el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona y Lleida. Titulada en Administración de Fincas.

Para conocer mejor su aplicación en su caso concreto, no dude en consultarnos.

 

 

 

© 2001, 2007 Hijas de Enrique Vilá. Todos los derechos reservados.